DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: SIN LUGAR, la Oposición a la Medida decretada en fecha 15/02/2016, de Medida Provisional de Secuestro, formulada por la parte demandada ciudadanos RAFAEL BENÍTEZ GODOY y CARMEN LEONOR MENDOZA CAMACHO, a través de su abogado asistente JOSÉ FERNANDO CAMACARO TOVAR, en el presente juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, incoada por el ciudadano ANTONIO AUGUSTO MARTINS DA SILVA, todos antes identificados. Se condena en costas a la parte oponente por haber resultado vencida en la interposición de la incidencia de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.