Dispositiva
En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: Con lugar la demanda por divorcio, interpuesta por la ciudadana Anyela Mallerlin Jiménez Rodríguezcontra el cciudadano Jorge Eliezer Velázquez,ambos plenamente identificados en el inicio del presente fallo, en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial, celebrado entre los prenombrados ciudadanos, en fecha 13-11-2015, ante el Registro Civil de la Parroquia Universidad del Municipio Caroní del estado Bolívar, inserto bajo el número 376, Libro Nro. 3 llevado por ese despacho durante el año 2015, una vez definitivamente firme la presente decisión se ordenará librar el oficio respectivo.