este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DECLARA La INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana MARIA LUCIA ESCALONA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-3.860.675.
SEGUNDO: En consecuencia de lo anterior, se designa como Tutora Provisional de la ciudadana MARIA LUCIA ESCALONA LOPEZ, ya identificada, a la ciudadana SUHGEIDY ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-14.879.529, quien deberá comparecer por ante este Juzgado el TERCER (3°) día de despacho siguientes a que conste en autos su notificación, a manifestar su aceptación o excusa, sobre el cargo recaído sobre su persona, y en el primero de los casos a prestar el juramento de Ley. Líbrese boleta de notificación.
TERCERO: Protocolícese la presente decisi.....