-IV-
DECISIÓN
Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PROCEDENTE EN DERECHO el convenimiento presentado por el ciudadano JORGE CRISTO MOLINA LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.732.844, en su condición de presidente de la Compañía DISTRIBUIDORA CATIGUIRE C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Capital, en fecha 04/12/1987, Nro. 20, Tomo 66-A, y ultima Acta de Asamblea de fecha 27/01/2025, inserta bajo el Nro. 8, Tomo 22-A en el Registro Mercantil Primero del Distrito Capital, en los términos señalados. Se da por terminado el presente proceso y se ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión. SEGUNDO: se tiene por RECONOCIDO el DOCUMENTO DE COMPRA VENTA PRIVADO