REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno de noviembre de dos mil veinticinco
215º y 166º
ASUNTO: KH02-X-2025-000111
Revisadas las actuaciones que anteceden y visto el oficio de fecha 13/11/2025 emanada del Juzgado Superior Tercero en lo civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Ahora bien, este Juzgado observa que mediante Sentencia Definitiva de fecha 11 de Noviembre del año en curso, declaro PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo presentado interpuesto por el abogado ZALG SALVADOR ABI HASSAN en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ANTONIO BERECIARTU ARGUELLES. Como consecuencia recovo parcialmente la sentencia interlocutoria dictada por este juzgado en fecha 10/10/2025. De esta manera, y en acatamiento a la sentencia y en aras de garantizar el Debido Proceso y la Tutela Judicial Efectiva, prelucido los lapso de ley establecidos, este Juzgado, ordena la SUSPENSION DE LA MEDIDA CAUTELAR NOMINADA INOMINADA: consistente en la prohibición de acceso del acceso del ciudadano CARLOS ANTONIO BERECIARTU ARGUELLES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.321.694. sobre el lote de terreno ubicado en la Ciudad de Cabudare, Urbanización La Mata, Parroquia Agua Viva, Municipio Palavecino del Estado Lara, y la prohibición de entrega de material del mencionado inmueble por ser violatorio al derecho de propiedad privada.-
Igualmente, se acuerda oficiar de lo aquí decidido al Tribunal Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas del Municipio Palavecino y Simón Planas del Estado Lara,. Líbrese oficio.- Sentencia N°496. Asiento N°37
El Juez Provisorio
Abg. Daniel Escalona Otero
El Secretario Suplente
Abg. Gustavo Adrian Gomez Albarran
En la misma fecha, siendo las 01:13 P.M., se publicó y registró la anterior sentencia previo anuncio de Ley.-
El Secretario Suplente
Abg. Gustavo Adrian Gomez Albarran
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