´DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide.
PRIMERO: SE DECLARA DE MERO DERECHO, el asunto de autos.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS, la acción de Amparo interpuesto por la Ciudadana DILCIA MERCEDES CUENCA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°4.476.722, debidamente asistida por la abogada YESVEL MIRELBIS PADUA SEQUERA, debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 310.296, contra las actuaciones judiciales efectuadas por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, consistente de las emisiones de carteles de subastas en el expediente KP02-F-2023-000046.
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http:.....