este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MORAN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana: ESPERANZA TORRES DE RODRIGUEZ a sus hijos y esposo ciudadanos: SUHAIL DEL MAR RODRIGUEZ TORRES, RODOLFO JOSE RODRIGUEZ TORRES, GREYSI MARILYN RODRIGUEZ, FRANCY EVELIN RODRIGUEZ DE PEREZ Y JOSE HERACLIO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros N.º V- 11.586.654, V-9.579.823, V-10.956.316, V-9.579.822 y V-3.083.382, respectivamente. . Tómese debida nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal, déjese copia certificada mecanografiada y devuélvase original con.....