DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la apelación de interpuesta por el ciudadano FREDDY RUBÉN COURI CANO, parte actora, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en fecha 04 de marzo de 2008, en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentado por FREDDY RUBÉN COURI CANO contra la firma mercantil CONSTRUCTORA GLOBAL C.A., URBANIZADORA EL PEDREGAL C.A., y URBANIZADORA ATAGUANA C.A.
Queda así CONFIRMADO el auto apelado.
De conformidad con el Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese a las partes de esta decisión, líbrense boletas y entréguense al Alguacil, y conforme al Artículo 248 ejusdem, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al .....