Visto el escrito de contestación presentado por la demandada en autos, MARIA JULIA ORTEGA ZAYEK, debidamente asistida por la abogada Ivonne Rebeca Linares Perez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 315.936, por medio del cual manifiesta lo siguiente:
"procedo CONVENIR en el presente acto, en todas y cada una de las pretensiones esgrimidas en el escrito libelar, en el entendido que manifiesto expresa y formalmente, clara e indubitablemente que reconozco en su contenido y firma el documento privado que funge como instrumento fundamental de la presente pretensión, marcado como anexo "A", del escrito libelar, donde procedo en mi carácter de apoderada de la ciudadana ANGELICA MARIA SALDIVIA ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la cedula de identidad n° V-17.507.397, CEDER Y TRASPASAR en plena propiedad y posesión la totalidad de sus derechos, intereses y acciones al ciudadano OMAR DAVID SALDIVIA ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la ced.....