este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO presentado por ciudadano MARIO ANTONIO MARTINEZ BRACAMONTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.533.991, de este domicilio, debidamente asistido por la abogada Nelly Viviana Serrano Galvis, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro. 133.244, sobre la presente demanda de PARTICION Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, interpuesta por la ciudadana EVA VARELA DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.019.074, debidamente asistida por la abogada en ejercicio NELLY VIVIANA SERRANO GALVIS, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro. 133.244.