Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este Tribunal Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de CORRECCIÓN formulada en fecha 16 de diciembre de 2016, por la Abogada María Isabel Bermudez Arends, apoderada judicial de la parte demandante, de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 8 de agosto de 2016, en el asunto KP02-V-2010-001496, relativo a la demanda por Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio, interpuesta por la Abogada Anelay Karina Sánchez González, en su carácter de apoderada judicial del Banco Provincial, S.A. Banco Universal, contra el ciudadano Jorge Luis Pérez Andrade, todos plenamente identificados en autos.
Publíquese y regístrese e incluso en la página Web de este Despacho y déjese copia ce.....