III
DISPOSITIVA
En mérito de todos las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO presentada por la ciudadana: CAROLINA DEL CARMEN WILLIAMS FRNZONE , venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 19.905.258, debidamente representada por el Abogado ORLANDO CEDEÑO BORGES, venezolano , mayor de edad inscrito en el I.P.S.A bajo el número 89.329 . En consecuencia, se ordena:
PRIMERO: La Rectificación del Acta de Matrimonio de la ciudadana: CAROLINA DEL CARMEN WILLIAMS FRANZONE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 19.905.258, asentada por ante el REGISTRO CIVIL MUNICIPAL DEL MUNICIPIO CARONI DEL ESTADO BOLIV.....