Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" de la fallecida ciudadana el ciudadano OSVALDO DEL VALLE RODRIGUEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.654.285, falleció el día 18/08/2022, en la URBANIZACION LA LLOVIZNA, CALLE GABRIELA MISTRAL, CASA Nº 39, SAN FELIX, a consecuencia de un INSUFICIENCIA RESPIRATORIA GRAVE, INFECCION RESPIRATORIA, BAJA HIPERTENSION ARTERIAL, según acta de defunción Nro.2651, Libro Nº.....