En consecuencia, por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
-PRIMERO: CON LUGAR la demanda por DESALOJO DE (LOCAL COMERCIAL), intentada por el Ciudadano: MIJAIL ABRAHAN PÉREZ PIÑATE, quien es venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, de profesión comerciante, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 7.356.048, en su condición de: "ARRENDADOR", quien se encuentra representado en este acto, por las Apoderadas Judiciales: ABGS. BRICA YAZMÍN ACOSTA RODRÍGUEZ Y MARÍA ELENA DÍAZ VARELA, quienes se encuentran debidamente inscritas en el (I.P.S.A), bajo los Nos. 108.774 y 226.687, respectivamente; contra la Empresa: "BOCADOS ZITOS YUMMY YUMMY, C.A", la cual está representada por el ciudadano: RICARDO AUGUSTO TOVAR MOLINA, quien es ven.....