Por los razonamientos de hecho y de derecho, antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor de los ciudadanos BENIGNO JOSE CASTILLO BRITO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 22.838.109, nacido en fecha 20-05-1985, en San Félix, Estado Bolívar, y residenciado en el sector Colinas de Chirica, Calle El porvenir, casa s/n, vía Upata, Parroquia Pozo Verde, Municipio Carona del estado Bolívar, con relación a los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6, numerale.....