´ este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE el recurso de Amparo Constitucional interpuesto por el Abogado en ejercicio JORGE ENRIQUE CASTELLAR MARTINEZ, inscrito en el Instituto de Previsión social del Abogado bajo el N° 119.387, en su carácter de apoderado del ciudadano OLAGER SANZ MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.235.981, en contra de la ciudadana BEATRIZ SOFIA DOMINGUEZ DE DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.738.475.´