La Juez oídas la exposición de las partes, y habida cuenta que en la presente fase de ejecución, ambas partes de forma libre y espontanea, sin vulnerar el orden público acuerdan dar cumplimiento a la sentencia; la juez, procede HOMOLOGAR el presente acuerdo DE CONCILIACION, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y las Trabajadoras. Se deja constancia que hasta tanto conste en autos la cancelación definitiva, del pago convenido con la experta contable, no se cerrara la presente causa. Es todo. Se terminó siendo las 11:30 AM. Se leyó y conformes firman.