DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por el accionante ORLANDO ALPASI CAO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-7.465.191, debidamente asistido por la abogado Wendy A. Rodríguez Lugo, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 131.424, contra la decisión interlocutoria con carácter definitivo, dictada el 27 de septiembre del 2010, por el juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, revocándose en consecuencia la misma.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido, se repone la cusa al estado en que se encontraba para el momento en que se dictó la recurrida, ordenandosele al a quo continúe con .....