este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñas y del Adolescentes, HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los Ciudadanos: MIRELVY COROMOTO CANELON ESCALONA Y HECTOR ALEXANDER JIMENEZ COLMENAREZ, en los términos ya expresados, en cuanto al particular PRIMERO se deja constancia que el monto de la obligación de manutención se mantiene igual, es decir, en 10$ semanales, no hubo aumento por desacuerdos de ambas partes. Téngase el presente auto como una sentencia interlocutoria. Expídanse las copias Certificadas que las partes soliciten. Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Moran de la Circunscripcion Judicial de.....