esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación ejercido contra sentencia definitiva, que fuere interpuesto por la abogada Siulma Mendoza, quien funge como defensora publica del ciudadano Ruben Daria Carrera Campos, en contra de la decisión que emitiera en Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, de éste Circuito Judicial, con sede en ésta ciudad, en fecha 23 de febrero de 2015, mediante la cual condena al ciudadano Ruben Dario Cabrera Campos, a cumplir la pena de diez (10) años de prisión, por encontrarlo responsable en la comisión del delito de violencia sexual, previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; todo ello de conformidad con los artículos 428, literal b, en relación con el 108 de de la Ley Or.....