El 17 de Marzo de 2008, siendo las 2:30 p.m, día y hora para la continuación de la audiencia preliminar, comparecen las partes; dándose inicio a la audiencia, y después de escuchar atentamente las consideraciones y razonamientos de los hechos y del derecho, las partes alcanzan a través de los Medios Alternos de Resolución de Conflictos, logran un acuerdo satisfactorio con el trabajador bajo la mediación de la Juez, por un monto Ùnico de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00). Este Tribunal, pasa a HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO TRANSACCIONAL LLEGADO POR LAS PARTES, dándole carácter de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en los artículos 89, 3, 10, 11 y 133, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento y Ley Orgánica Procesal del Trabajo respectivamente. Se deja expresa constancia que una vez consignado el respectivo cheque para el trabajador, se les entregará los escritos de pruebas que fueron consignados por las partes .....