este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de aclaratoria efectuada por la ciudadana Lourdes Ramos Villarroel, debidamente asistida por el abogado José Ángel Hernández Arrieta, plenamente identificados en el encabezamiento de esta decisión, sobre el fallo de fecha 26 de febrero del año 2.007; por lo que en donde se indicó el nombre de la solicitante como LOURDES GRACIELA RAMOS DE MARTINEZ"; debe leerse "LOURDES RAMOS VILLARROEL", que es como corresponde. Téngase la presente aclaratoria como complemento de la sentencia definitiva dictada en fecha 26 de febrero del año 2.007. Líbrese oficio a las autoridades correspondientes.