PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente Recusación, interpuesto por la ciudadano RODOLFO ENRIQUE GARCÍA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-18.996.395,contra la abogado YOXELI CAROLINA RUÍZ SÁNCHEZ,,Juez Provisoria del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: SIN LUGAR la RECUSACIÓN planteada por el ciudadano RODOLFO ENRIQUE GARCÍA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-18.996.395, asistido por la abogada en ejercicio MILAGROS JOSEFINA MEDINA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 92.488, contra la abogada YOXELY CAROLINA RUIZ SANCHEZ, Jueza Provisoria del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
TERCERO: Se acuerda notificar mediante oficio a la abogada, YOXELY CAROLINA.....