En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos: (1) HENRY SILVESTRE ALVAREZ MARQUEZ, (2) JOSÉ LUIS TOVAR, (3) DOMINGO JULIO VALERA ARRIECHE, (4) ALKALANIS JOSÉ ESCOBAR TORREZ, (5) JOSÉ DIEGO TERAN GARCIA, (6) WILLIAM JOSÉ LEAL MAMBEL, (7) JOSÉ ANGEL CORDERO TOVAR, (8) JOSÉ GREGORIO RIERA LADINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad N° V-8.614.501, V-7.412.863, V-7.906.956, V-11.432.345, V-7.175.664, V-11.883.755, V-11.599.922 y V-7.348.426, contra la entidad de trabajo INDUSTRIAS DEL VIDRIO LARA C.A. (IVILACA) inscrita por ante el Registro Mercantil que llevó el Juzgado Segundo de de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripció.....