/Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley., DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE REVOCATORIA, en virtud de lo cual REVOCA la fórmula alternativa de Cumplimiento de Pena, Establecimiento Abierto, concedida al penado: DURAN JUAN CARLOS, venezolano, natural de Caracas, nació el día 25/04/1978, de 31 años de edad, estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Carnicero, grado de instrucción: 6º grado., titular de la cédula de identidad Nº V- 13.466.526, grado de instrucción: 6º grado, hijo de Carmen Maria Durán y Juan Gutiérrez de los Ríos, con ultimo domicilio en el Barrio El Caribe, calle 10, con 16 casa S/N, Barquisimeto, Estado Lara, en virtud de lo cual se ORDENA su CAPTURA, una vez aprehendido deberá ser recluido en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental, (Uribana) Barquisimeto, a los fines de continuar con el cumplimiento de .....