DECLARA: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los Abogados SIRA PERDOMO MARCANO y ULISES ENRIQUE MACHADO URDANETA, en su condición de Defensores Privados del Primer Teniente PAUL ENRIQUE MACHADO BRICEÑO, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.989.123, a quien el Tribunal Militar Undécimo de Control con sede en San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 19 de junio de 2017, le decretó la privación judicial preventiva de libertad, por la presunta comisión de los delitos militares de INSTIGACIÓN A LA REBELIÓN, previsto y sancionado en el primer supuesto del artículo 481, en concordancia con el ordinal 1° del artículo 476; ULTRAJE A LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, previsto y sancionado en el artículo 505; INSUBORDINACION, previsto y sancionado en el ordinal 2° del artículo 512 y ordinal 3° del artículo 515; CONTRA LA SEGURIDAD DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado en artículo 550; y CONTRA EL DECORO MILITAR, previsto y sancionado en el artículo 565, tod.....