DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, declina el conocimiento de la presente causa, seguida al ciudadano Carlos Enrique Angulo, ut supra identificado, en virtud de acusación formulada por el ciudadano José Eduardo Gorrín Cairos, asistido del Abogado Gesner Jesús Mariño Velazco, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida Simple y Calificada, tipificado en los artículos 466 y 468 del Código Penal, al Juzgado de Control de este Circuito Judicial Penal que por distribución corresponda, a los fines de que produzca la decisión a que hubiere lugar en la presente causa. Líbrese el corresp.....