DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste JUZGADO SÉPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Ordena: PRIMERO: La Sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva del Libertad por la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA DE PRIVACIÓN, establecida en el ordinal 1º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano WARLUIS ESTIBEN RIVAS OROCHENA, cedula de identidad V.- 22.181.386, fecha de nacimiento 05/12/90, 20 años, grado de instrucción Bachiller, hijo de Isbelis Orochena, Esteban Rivas (+), domiciliado en San Jacinto Final de la calle 5, quinta luiber, a 2 cuadras de la escuela Genaro Vásquez. (Actualmente recluido en Uribana P-2011-1392 J/3 presenta causa en el tribunal de J/6 P-2010-10481, P-2009-10334 J/4), a quien se le atribuye la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado prev.....