DE LA DISPOSITIVA
ESTE JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº1 DE LA SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Se acuerda CON LUGAR la solicitud de la Vindicta Publica y se Decreta el Sobreseimiento Definitivo de la presente causa de conformidad con lo previsto en el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación a lo establecido en el numeral 3º del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del joven se omite su identidad de 17 años de edad para el momento en que ocurrieron los hechos, nacido en fecha 15-02-1991; estado civil: Soltero; Oficio: estudiante; domiciliado en: el Caserío Las Palmitas, callejón Santa Cruz, Sector Balonchera, casa S/N, con paredes pintadas de color verde, Municipio To.....