DECISIÓN:
Por fuerza de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la pretensión de Resolución de Contrato de venta con reserva de dominio, intentada por intentada por la Sociedad Mercantil C.A. CENTRAL, BANCO UNIVERSAL, contra CORPORACIÓN CBR, C.A., ambas previamente identificadas.
En consecuencia, se condena a la demandada a devolver los vehículos dados en venta bajo la modalidad con reserva de dominio de las siguientes características: 1) Un vehículo MARCA: MERCEDES BENZ, AÑO: 2007; MODELO: LS-1634/45 LS 1634/45; CLASE: TRACTO CAMION; TIPO: CHUTO; USO: CARGA; COLOR: BLANCO; PLACAS: 61VVAV; SERIAL DE CARROCERÍA: 9BM6950527B492097; SERIAL DE MOTOR: 476971UO861341; AÑO DE FABRICACIÓN: 2006; CAPACIDAD; 46.000,00 kgs, conforme consta en documento .....