DISPOSITIVA
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara IMPROCEDENTE, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. Benedicta León, en su condición de Defensora Pública del ciudadano FRANKLIN JESUS RAMIREZ VARGAS, contra la decisión dictada en fecha 25 de Agosto del 2015 y fundamentada en fecha 27 de Agosto del 2015, por parte del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 04 de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano Franklin Jesús Ramírez Vargas, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo, y LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código.....