Este Tribunal Militar Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 2, 44 numeral 1º, 253 y 257, todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordada relación con los artículos 1, 5, 6, 13, 127 numeral 1º, 236 y 237, todos del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVIA A LA LIBERTAD, Y SE DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE ORDEN DE APREHENSIÓN contra el ciudadano HENOC MAHECHA HERRERA, titular de la cédula de identidad Nº V-12.816.514, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito militar de REBELIÓN, previsto y sancionado en los artículos 476 numeral 1°, en concordada relación con lo previsto en el artículo 480 y SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 570, en grado de cooperador inmediato, previsto en el artículo 389 ordinal 1° todos del Código Orgánico de Justicia.....