Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede Puerto Ordaz, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JONAS ISTURDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.616.931, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA REALACIÓN DE TRABAJO, en contra de la COOPERATIVA DA VINCI PROYECTS, y en consecuencia, se condena a ésta a pagar al demandante la suma total de OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 84/100 CENTIMOS (Bs. 88.279,84), por los conceptos laborales ampliamente señalados en la parte motiva de este fallo.