En fuerza de las consideraciones precedentes este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCION del De Cujus LUIS MANUEL FERNANDEZ ARA a fin de que se corrija el error cometido al momento de hacer el asiento correspondiente en el acta de defunción en referencia, al identificar al De cujus LUIS MANUEL FERNANDEZ ARA en el acta de defunción supra como de estado civil soltero y manteniendo una relación estable de hecho con la señora DIRCIA JOSEFINA ARTEAGA GUEVARA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.680.235 cuando debió identificarse como de estado civil casado con la señora ROSA VIRGINIA GUTIERREZ RODRIGUEZ, por lo que se ordena oficiar lo conducente al ciudadano Registrador Civil del.....