Por las razones anteriores, este Tribunal de Ejecución Nº 4, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código Penal DECLARA LA  EXTINCION DE LA RESPONSABIIDAD PENAL POR  PRESCRIPCION DE LA PENA IMPUESTA A LA CIUDADANA YOLEIDA GREGORIA RODRIGUEZ GONZALEZ,  cédula de identidad NO HA CEDULADO, ordenándose la libertad INMEDIATA DE LA PENADA, QUIEN SE ENCUENTRA RECLUIDA EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE CENTRO OCCIDENTE. Notifíquese a la Fiscal Penitenciaria,  Defensora y a la penada. Líbrese boleta de LIBERTAD INMEDIATA, con copia de la presente decisión al Centro penitenciario de Centro Occidente.- Una vez firme la presente decisión,  remítase en su oportunidad  legal las actuaciones al Archivo Judicial Penal del Estado Lara. Regístrese, Publíquese, Cúmplase.