Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 09 de Diciembre de 2.011, por la abogada IRIS VIOLETA SOSA-LEON, co-apoderada judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 08 de Diciembre de 2011, inserta del folio 02 al 05 de la señalada pieza 2, dictada en el juicio que por DESALOJO sigue la sociedad mercantil CONGELADORA CARONI C.A., contra el ciudadano SIGIFREDO MARTINEZ CARVAJAL, ambas partes ampliamente identificados ut supra. En consecuencia se repone la causa al estado en que el Juez del Tribunal Tercero del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, APERTURE la incidencia una vez recibidas las presentes actuacio.....