este Tribunal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, y DECLARA a YANETH AUXILIADORA RIERA GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.372.623 como UNICA y UNIVERSAL HEREDERA, de la de cujus, MARIA AUXILIADORA GIMENEZ,.