DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se declara inoficiosa de la acción de amparo constitucional intentada por la ciudadana NORDIS JANETH PINTO CAÑIZALOEZ, en contra de los ciudadanos MARIA EUGENIA RAMIREZ DE ENCINAS, GUSTAVO RAMIREZ GARCIA y MARIA MARGARITA RAMIREZ DE PALLOTA, todos de este domicilio e identificados en el encabezado de esta sentencia.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de esta decisión.
PUBLIQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de .....