DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA, del ciudadano: EDINSON OMAR CAMACARO HEREDIA, cedula de identidad Nº 20.234.234, Venezolano, natural del Estado Lara, estado civil: soltero, grado de instrucción: bachiller, edad 21 años, fecha de nacimiento 24/08/1988, domiciliado en el Barrio La Victoria, San Jacinto, carrera 2 entre calles 4 y 5, casa S/N, a cuatro casa de la licorería el Porvenir, profesión u oficio: obrero, hijo de María Coromoto Heredia y Omar Antonio Camacaro Rodríguez, teléfono 0416-2551190, se deja constancia que se verifico el sistema Juris 2000, y presenta causas signadas con los números: P-09-21 C6 y P-08-3166 C9, a quien se le atribuye la comisión del delito de: PORTE ILÍCITO DE ARMA.....