PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 25 de Noviembre de 2004, por la abogado CARMEN LUISA MARTINEZ en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 30 de Septiembre de 2004, oída en ambos efectos por auto de fecha 03 de Diciembre de 2004, en el juicio seguido por CARLOS EDUARDO CERVANTES VILLARREAL contra COMERCIAL GRAIM, S. R. L. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano CARLOS EDUARDO CERVANTES VILLARREAL contra COMERCIAL GRAIM, S. R. L., ambas partes identificadas en el cuerpo de la presente decisión. TERCERO: Se ordena a la empresa COMERCIAL GRAIM, S. R. L., pagar al ciudadano CARLOS EDUARDO CERVANTES VILLARREAL la cantidad de NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES CON TREINTA Y SEIS CÉNTI.....