DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Ordena: PRIMERO: La Sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva del Libertad por la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA DE PRIVACIÓN, establecida en el ordinal 1º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano FERNANDO JOSE CAÑIZALEZ REINOSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.553.558, natural de Barquisimeto, nacido en fecha 19-10-1983 de 28 años de edad, Soltero, Grado de Instrucción: 1er año, de profesión u oficio Lava Carros, hijo de Félix Cañizalez y Nora Reinoso, residenciado en Barrio José Gregorio Hernández Av. Principal Carrera 22 Vereda 9 Casa A-57 a una cuadra de la escuela Maria Concepción Palacios, Barquisimeto- Estad.....