DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con sede en el Edificio Nacional, de la Ciudad de Barquisimeto, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 49 ordinal 1ero y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12, 15, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, interpuesta por la ciudadana NEIDA DEL CARMEN VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 10.956.957 y de este domicilio, asistida por la Abogado ROSA RODRIGUEZ, Inscrito en el I.P.S.A Nº 138.695, en contra de la ciudadana ANA SANTIAGA VELÁSQUEZ PARGAS, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la cédula.....