El Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Bolívar, DECIDE: considera que faltan diligencias que practicar, tomando en cuenta que estamos en la fase de investigación y que ya fueron las diligencias ordenadas por el Ministerio Público, pero que de acuerdo a las circunstancias de hecho narradas por el Ministerio Público, pudiera dársele tal calificación, vistas las actas cursante en la presente Causa tal como: 1.Acta Policial de fecha: 08-10-2006, suscrita por el funcionario Cabo 2° Carlos Bolívar, adscrito a la Comisaría Policial N° 1 de Heres, en la cual deja constancia del procedimiento realizado, en la cual resultare aprehendido el adolescente xxxx. 2.- Denuncia de fecha. 08-10-2006, interpuesta por el ciudadano: NESTOR LOPEZ URBANO, por ante la Comisaría de Heres, donde deja constancia escrita de las circunstancias de modo, tiempo y lugar del hecho punible del cual fuera víctima, así como de los presunto autores. 3.Acta de Entrevista. escrita rea.....