En mérito de las consideraciones que anteceden este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Se declara SE RATIFICA LA MEDIDA CAUTELAR DE SECUESTRO dictada por este despacho en fecha 02 de noviembre de 2023 y solicitada por la parte demandante ciudadano JESÚS ALBERTO LEÓN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I 9.554.918, en contra de la parte demandada Sociedad Mercantil MULTISERVICIOS TOTAL CARS C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo del estado Lara, en fecha 04 de mayo de 2009, bajo el N° 19, Tomo 33-A, domiciliada en la ciudad de Barquisimeto, estado Lara, representado por el ciudadano ROBINSON JOSÉ GRANADO OVIEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I. N° 13.266.771. SEGUNDO: SE MANTIENE LA MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO solicitada por la parte actora en la presente.....