DECISIÓN:
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: parcialmente con lugar, la demanda de obligación alimentaria presentada por la ciudadana Maria Elizabeth Flores, en representación de su hijo, el niño (Omitido artìculo 65 LOPNA), contra el ciudadano Agustín José Camacho. En consecuencia, se fija el monto de la obligación alimentaria en la cantidad de ciento sesenta mil bolívares (Bs. 160.000,oo) mensuales, a razón ochenta mil bolívares (Bs. 80.000,oo) quincenales, además del 50% de los gastos de médico, medicinas, vestido, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte y cualquier otro que el niño requiera. Expídase copia certificada de esta decisión para el archivo.
Regístrese y publíquese