este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara RECONOCIDO EN SU CONTENIDO Y FIRMA, el referido documento, y por ende HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO en el juicio por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA intentado por el ciudadano ENMER JAVIER GONZALEZ BRITO titular de la cédula de identidad N° V-22.326.399 contra los ciudadanos YUDID MARLEN CASTILLO, FREDIS LAUREANO CASTILLO, NANCY COROMOTO CASTILLO y ADILIA MILEXA CASTILLO venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 7.394.804, V-5.244.251, V-4.722.030, V-7.348.052 respectivamente, de este domicilio. Téngase la presente sentencia con autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 263 y 363 del citado cuerpo legal.