Visto el convenimiento efectuado por la parte demandada, ciudadanos MARISELA JOSEFINA DELGADO CORDERO, JOSE MANUEL DELGADO CORDERO, MARIA EUGENIA DELGADO CORDERO, MAIRENS CAROLINA DELGADO CORDERO, MARIA LAURA DELGADO CORDERO, CARLOS EDUARDO DELGADO CORDERO y MARY YOSELIN DELGADO CORDERO, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 13.189.732, 13.189.731, 14.292.151, 15.352.433, 16.277.695, 19.347.221 y 20.927.020, respectivamente, todos de este domicilio, debidamente representados por su apoderada judicial abogada PATRICIA LOZADA, Inpreabogado Nº 205.023, en el presente juicio de ACCION MERODECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, intentado por la ciudadana MARY DEL ROSARIO CORDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.384.639, de este domicilio, representada por la abogada OSCDARELYS RODRIGUEZ FEREIRA, Inpreabogado N° 116.312; este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.....