este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta la siguiente medida preventiva: PRIMERO: DECRETA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble propiedad de la parte demandada Sociedad Mercantil INNOVACION DE CAPITAL 767 C.A; inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Trujillo, número de expediente 454-46932, bajo el N° 41, Tomo 7-A, RMPET,M del año 2021 con Registro de Información Fiscal (RIF) J-501825475, representada por la ciudadana ARIETE ZUZIT MOUBAYYED TAHAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V- 10.761.562., que recae sobre un inmueble constituido por una (1) parcela de terreno propio, que tiene una superficie de NOVECIENTOS ONCE METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS CUADRADOS (911,40 Mtrs2) y un (1) edificio de uso de vivienda multifamiliar y.....