DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación por los Abg. MARIBEL APONTE PEREZ y DOMINGO A. RODRIGUEZ C., en su condición de Fiscal Vigésimo Quinto y Fiscal Auxiliar Interino Vigésimo Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en contra la decisión dictada en fecha 25 de Febrero de 2013 y fundamentada el 27 de Febrero de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 10, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, mediante el cual no admite la Acusación presentada por la Fiscalia Vigésima Quinta del Ministerio Público por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica contra el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en contra de.....