Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" de los fallecidos el ciudadano el ciudadano MIGUEL JERONIMO VALDIVIEZO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-578.625, falleció el día 23/01/2015, en EL BARRIO EL ROBLE CALLE PRIMERO DE MAYO Nº26 DE SAN FELIX, a consecuencia de un EDEMA AGUDO DE PULMON, INSUFICIENCIA CARDIACA IZQUIERDA, ESTENOSIS, según acta de defunción Nro.142, Libro Nº 1 del año 2015, tal como se evid.....